Colegio de Escribanos Provincia de Buenos Aires

Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Testamento

Testamento

¿Sabías que podés otorgar un testamento, y así planificar y decidir para después de tu muerte sobre el destino de tus bienes, entre otras cuestiones? El testamento es la forma legal de plasmar por escrito tu última voluntad.

En nuestro país, la legislación garantiza a los herederos forzosos, es decir a los descendientes, ascendientes y cónyuge, una porción de los bienes del fallecido, llamada “legítima”, de la que no pueden ser privados, salvo casos especiales. Mas allá de la legitima, existe una porción de los bienes de la que el testador puede disponer para quien estime conveniente, pudiendo por ejemplo mejorar al heredero con discapacidad.

Testamento

¿Cómo se instrumentan?

El testamento se otorga únicamente de manera personal e individual, y siempre de forma escrita. Existen dos maneras:

  • Ológrafo: redactado de puño y letra por el testador, con su firma y fecha.
  • Escritura Pública: ante un escribano y dos testigos. De este modo el testador cuenta con el asesoramiento profesional del escribano quien le brindará absoluta privacidad, garantizando la inalterabilidad y la integridad del instrumento y evitando los riesgos de una posible pérdida o sustracción.

 

En ambos casos deben inscribirse en el Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos.

Recordá

Es revocable. El testador puede dejarlo sin efecto o modificarlo cuantas veces crea conveniente.

Además produce efectos después del fallecimiento del testador.