Plan materno infantil (PMI)
El plan materno infantil (PMI) se trata de una cobertura integral y adicional, la cual está destinada a las mujeres embarazadas y a sus hijos beneficiarios hasta el año de edad.
No se accede automáticamente, sino que hay que solicitarlo.
¿Qué es lo que cubre?
En el caso de la madre beneficiaria:
- La cobertura del plan es desde la fecha del diagnóstico del embarazo hasta el segundo mes luego del parto.
- Tiene el 100% de cobertura en los prestadores convenidos de todas las prestaciones médicas relacionadas con el embarazo, parto y puerperio.
- Además del 100% de cobertura en medicamentos relacionados exclusivamente con estos estados.
- Cobertura del resto de la medicación de acuerdo a la banda que le corresponda en el manual farmacéutico.
En el caso del recién nacido beneficiario:
- La cobertura del plan es desde el nacimiento hasta el año de vida.
- 100% de cobertura en los prestadores convenidos de todas las prestaciones médicas que integran el Plan de la Caja.
- 100% de cobertura en las pruebas de diagnóstico de errores congénitos del metabolismo.
- 100% de cobertura en medicamentos.
- 100% de cobertura en leche maternizada y medicamentosa.
¿Cómo solicito este plan?
En el caso de la madre, no se accede automáticamente, sino que debe presentar:
- Una nota del beneficiario titular solicitando el PMI.
- Certificado de embarazo con fecha de última menstruación y fecha probable de parto expendido por médico obstetra
En el caso del recién nacido es suficiente con incorporarse al Sistema de Salud de la Caja, para lo cual debe presentar:
- Una nota del beneficiario titular solicitando la incorporación del recién nacido al Sistema de Salud.
- Partida de nacimiento original o copia certificada.
- DNI, copia certificada.
A la hora de comprar medicamentos
La cobertura funciona de dos formas:
Vía convenio: Realizando la compra de los medicamentos en alguna de las farmacias adheridas al convenio con el Colegio Farmacéutico de la Provincia de Buenos Aires.
Vía reintegro: Cuando se trata de una farmacia NO adherida al convenio con el Colegio Farmacéutico de la Provincia de Buenos Aires, se accede a la cobertura presentando en la Mesa de Ayuda de Salud ubicada en Sede Central del Colegio o en cualquiera de las delegaciones:
- Orden médica con prescripción de los medicamentos, la cual debe estar completa, firmada y sellada por el profesional médico tratante.
- Factura o ticket con controlador fiscal, emitido en legal forma por la farmacia, con detalle de medicamentos.
- Los troqueles de los medicamentos adquiridos.
Prácticas realizadas en prestadores sin convenio:
- La cobertura operará por la vía del reintegro.
- La misma es a valores topes vigentes a la fecha de la prestación.
Caso especial: Leches.
En el caso de que el niño requiera el consumo de leche maternizada o medicamentosa, para ser autorizada por la Asesoría Médica se deberá enviar:
- La orden médica expendida por el médico pediatra.
- Un resumen de Historia Clínica expendida por el médico pediatra.
Hasta el año de vida, una vez que es autorizada, tendrá una cobertura del 100% de la misma la cual operará por la vía del reintegro del gasto realizado.
La misma tiene un tope mensual de 4 kg o 24 litros.
Tiene que presentar en la Mesa de Ayuda de Salud ubicada en Sede Central del Colegio o en cualquiera de las delegaciones:
- Orden médica completa, firmada y sellada por el profesional médico.
- Factura o ticket especificando la compra de la leche. (Puede ser adquirida tanto en supermercados como en farmacias).
A partir del año de vida, en casos particulares la Caja reconocerá el 50% de la cobertura, previa evaluación de la Auditoría Médica y cumpliendo además los siguientes requisitos:
- Presentación de resumen de historia clínica expendida por el médico pediatra (donde se especifique claramente la patología que justifica su utilización).
- Resultado de estudios complementarios.