Apostilla de La Haya
¿Qué es la Apostilla y cuándo se necesita apostillar un documento?
Se trata de las legalizaciones de las firmas autenticadas en aquellos documentos que deban surtir efecto en el exterior. Es decir, cuando un documento público o un documento notarial debe traspasar las fronteras del país es necesario obtener una legalización internacional.
La legalización de la firma tiene como único efecto autenticar la misma y el carácter del otorgante, sin entrar a juzgar el contenido del documento.
La Apostilla otorga esta validez internacional al documento.
El Convenio sobre Apostilla (Convención de la Haya de 1961) facilita la circulación de documentos públicos otorgados entre los países que son parte.
Usted puede verificar los países que son miembros y/o que adhieren a esta Convención en el siguiente link
Apostilla
A partir del convenio entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y el Consejo Federal del Notariado Argentino suscripto en junio de 2016, se ampliaron las facultades de los Colegios notariales del país otorgadas en anteriores convenios desde 1997, en cuanto a las legalizaciones de documentos con validez internacional que hasta entonces solamente era competencia de Cancillería.
Este servicio posibilita que la ciudadanía pueda realizar los trámites evitándoles innecesarias dilaciones y desplazamientos a este Ministerio, con la intención de alcanzar la eficiencia del servicio público, en el marco de una política federal.
Preguntas Frecuentes
Todos aquellos mayores de 18 años.
No es necesario ser titular del documento para tramitar una apostilla o legalización.
El trámite se inicia de manera virtual. Continúa en forma presencial una vez asignado el turno en cada una de las delegaciones.
Se recomienda consultar los requisitos puntuales en la Delegación en la que se vaya a realizar el trámite.
El costo del trámite de Apostilla es el mismo en todas las delegaciones del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Se recomienda consultar su valor actualizado al momento de iniciar el trámite.
Para abonar el mismo se aceptan todos los medios de pago habilitados en las delegaciones.
Dependiendo de la naturaleza del documento a apostillar, se aplican los siguientes procedimientos:
1) DOCUMENTOS NOTARIALES:
Los documentos notariales en soporte papel, que requieren previa legalización del Colegio, serán digitalizados por personal de la Delegación, siempre que no excedan la cantidad de diez (10) fojas. Por razones operativas, si el documento excediera dicha cantidad deberá ser retirado por el notario una vez legalizado, escaneado íntegramente (con la legalización incluida), enviado por mail a la Delegación respectiva, y presentado nuevamente para proceder a la legalización de validez internacional.
Datos a incluir en el envío:
El asunto deberá consignar la escribanía o el apellido y nombre del solicitante. En el cuerpo del mensaje enviar un número de teléfono de contacto. Si el documento notarial fue expedido digitalmente deberá ser enviado al correo electrónico de la Delegación, previo al ingreso del arancel correspondiente.
Muy importante:
Cancillería exige que para apostillar o legalizar la copia certificada de un documento, debe solicitarse previamente la legalización o apostilla del documento original. Una vez apostillada o legalizada la documentación original puede tramitarse la apostilla o legalización de la copia certificada.
2) DOCUMENTOS NO NOTARIALES:
Si el documento fue expedido en soporte papel deberá ser previamente digitalizado íntegramente en un único archivo PDF (uno por cada documento), en color, legible y enviado al correo electrónico de la Delegación, la que evaluará la documentación e indicará los pasos a seguir.
Datos a incluir en el envío:
El asunto deberá consignar el apellido y nombre del solicitante. En el cuerpo del mensaje enviar un número de teléfono de contacto. El archivo no puede superar los 25 megabytes (MB). Si el documento fue expedido digitalmente deberá ser reenviado al correo electrónico de la Delegación, previo al ingreso del trámite.
Una vez realizado el envío por mail, todos los documentos deberán ser presentados en la Delegación respectiva en soporte papel (original o impresión del documento digital), abonando el arancel correspondiente con tarjeta de débito visa, crédito o cualquiera de los medios de pago habilitados en las Delegaciones.
Recomendaciones al momento de adjuntar el documento:
-Todos los datos del documento escaneado a color deben ser perfectamente legibles para que la apostilla o legalización sea emitida sin inconvenientes.
-Al adjuntar la documentación, deben incluirse todas las carillas del documento y no deben encontrarse borrosas ni cortadas (no incluir fotos de celular o copias).
-El documento debe escanearse en orden.
-No deben escanearse múltiples documentos en un único PDF.
-Solo se admitirá un documento por vez.
-Cada documento debe digitalizarse íntegramente en un solo PDF.
-El trámite TAD no admite devoluciones ni créditos a favor en caso de error en el escaneo del documento.