Prácticas y Autorizaciones
Todas las internaciones, así como las cirugías ambulatorias, requieren autorización por parte de la Caja de Seguridad Social.
En cuanto a las prácticas, sólo requieren autorización previa las que se especifican en el siguiente listado:
Los pedidos de autorización de estas prácticas deben ir acompañados de resumen de historia clínica y estudios complementarios previos relacionados con la patología.
El resto de las prácticas convenidas no requiere autorización previa por parte de la Caja.
Vías de acceso a las autorizaciones
+54 9 221 505-0195
Correo electronico
autorizaciones@colescba.org.ar
Procedimiento para las autorizaciones
Se recibirán ordenes médicas vía WhatsApp, e-mail, fax o personalmente en nuestras Delegaciones, oficinas Delegadas y Sede Central.
Los pedidos de autorizaciones recibidos hasta las 13:00 hs. serán confirmados por la misma vía, diariamente entre las 14:00 y las 16:00 hs. Los recibidos con posterioridad serán confirmados al día siguiente. En caso de que la autorización requerida fuera de carácter urgente, deberá identificarse claramente esta circunstancia.
Recomendación importante
En prestaciones programadas y siempre que resulte posible, es recomendable requerir el asesoramiento correspondiente en la propia Delegación, en la Sede Central y/o ante la Asesoría Médica del Colegio, a efectos de una mejor y más eficiente utilización de los servicios que brinda nuestro Sistema, y a fin de evitar situaciones conflictivas, problemas y/o pagos innecesarios.