Quiénes Somos
Consejo Directivo 2022-2024
Presidente
Diego Leandro Molina
Vicepresidente 1º
Alicia Noemí Broccardo
Vicepresidente 2º
Nelly Olga López
Secretaria de Gobierno
Karen Maína Weiss
Secretario de Administración
Patricio Rodolfo Villamayor
Secretaria de Relaciones Institucionales
Carina Pérez Lozano
Secretaria de Asuntos Previsionales
María Paula Velilla
Secretario de Aportes
Andrés Martínez (h)
Tesorero
Juan Manuel Area
Protesorera
María Beatriz Aguirre
Decano Honorario del Notariado Bonaerense
Natalio Pedro Etchegaray
Consejeros
- Marina Gabriela Arana
- Guillermo Borges
- Zulma A. Dodda
- Elba María de los Ángeles Frontini
- Juan Manuel García
- Teresa María de los Milagros Gasparin
- María Silvina González Taboada
- Mariano Martín Guerra
- Fernando Esteban Lagae
- María Luján Alejandra Lalanne
- Pablo Hugo Migueles
- Carlos María Morello
- Mirta Gladys Negrelli
- Carlos Martín Pagni
- Leandro Nicolás Posteraro Sánchez
- Claudio Federico Rosselli
- Karina Vanesa Salierno
- Mariano Ignacio Socin
- Juan Miguel Tamborenea
- Federico Travascio
- María Inés Ursino
Decano Honorario del Notariado Bonaerense
Natalio Pedro Etchegaray
Cuenta con su sede central en La Plata y con 17 delegaciones en todo el territorio bonaerense.
Nuestro Colegio nace como asociación civil el 18 de febrero de 1889 a instancias del escribano Arturo Mom, quien fue uno de sus fundadores y su primer presidente. Con la sanción de la ley 5015 el Colegio obtiene el reconocimiento de su personería jurídica. Entre otros aspectos, esta norma regula el ingreso a la función notarial y su ejercicio, establece disposiciones sobre los registros, protocolos y escrituras, y crea el primer sistema oficial de jubilaciones -la hoy denominada Caja de Seguridad Social para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires-.
En la actualidad se encuentra vigente la Ley Orgánica del Notariado Bonaerense 9020/78, que establece los siguientes objetivos fundamentales:
- Mantener los principios en los que se sustenta la institución del notariado, con la finalidad de afianzar en el ámbito que le es propio, los valores jurídicos de seguridad y certeza que para su pacífica convivencia requiere la comunidad.
- Asegurar el respeto de la investidura de los notarios y el ejercicio regular de su ministerio.
- Velar por la sujeción de los notarios a las normas jurídicas y a las reglas de ética en vistas a la prestación de un servicio eficiente.
- Atender la defensa de los derechos de los notarios y a su bienestar moral y material.
- Representar en forma exclusiva a los notarios colegiados de la Provincia.
Historia
El más remoto antecedente del Colegio de Escribanos data del año 1788, cuando un pequeño grupo de colegas crea, en la Ciudad de Buenos Aires, entonces Capital del Virreynato del Río de La Plata, la Hermandad de San Ginés de Arlés y su Arca Depositaria, con el principal objeto de «lograr la mayor respetabilidad del gremio» y procurar fondos para escribanos que tuvieran dificultades económicas, sobre todo al dejar de ejercer. Allí se encontraría el origen del sistema previsional notarial.
El 19 de noviembre de 1882 se funda la Ciudad de La Plata como capital provincial y en 1884 se instalan los primeros escribanos. Siete años después se crea como asociación civil el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, gracias al impulso brindado, entre otros notarios, por el Esc. Arturo Mom, fundador y primer Presidente.
Con la sanción en 1943 de la ley 5015 (la primera ley orgánica notarial argentina), la entidad obtiene personería jurídica. La norma también permitió crear la Caja de Previsión Social para Escribanos y el primer y único fuero notarial compuesto por el Juzgado y Tribunal Notarial.
Esa norma rige por 20 años, hasta que en 1960 entra en vigencia, la ley 6191. Sus aspectos más destacados fueron el reconocimiento para el Colegio de la condición de persona jurídica de derecho público, la dirección y representación exclusiva del notariado, el reconocimiento de entidad intermedia como coadyuvante del Estado, la regulación del régimen de adscripción, la creación de un Instituto de Altos Estudios (hoy Universidad Notarial Argentina), la organización del Registro de Actos de última voluntad y del sistema de Delegaciones.
Quince años más tarde, se renueva otra vez la Ley Orgánica, que fuera promulgada el 19 de diciembre de 1975 (Ley Nº 8585) y se publicara el 5 de enero de 1976. Pero el golpe militar del 24 de marzo, primeramente suspendió la entrada en vigencia del nuevo proyecto y luego, lo derogó .
Este hecho es el antecedente inmediato e inspirador de la legislación que hoy rige a nuestro Notariado que es la actual Ley Orgánica del Notariado Bonaerense (Dec. Ley N° 9020/78), ya que fija pautas más racionales para la creación de Registros Notariales, establece el acceso a la titularidad mediante el régimen de Concursos, incorpora la figura del suplente, reduce las facultades del Tribunal Notarial, entre otras disposiciones. También organiza el Registro de Testamentos y propone la intervención de un notario bonaerense para la inscripción de escrituras de otra jurisdicción. Finalmente, dedica especial atención a la escrituración de los planes de vivienda social.
Precisamente, estos dos últimos aspectos motivaron que intereses ligados al gobierno dictatorial, frustraran este instrumento legal. No obstante, gran parte de su preceptiva luce vigente hoy en la actual Ley Orgánica del Notariado Bonaerense.
Misión
Mantener los principios en que se sustenta la institución del notariado, con la finalidad de afianzar, en el ámbito que le es propio, los valores jurídicos de seguridad y certeza que para su pacífica convivencia requiere la comunidad. Para ello deberá:
- Representar a los notarios colegiados de la Provincia de Buenos Aires.
- Asegurar el respeto de la investidura de los notarios y el ejercicio regular de su ministerio.
- Velar por la sujeción de los notarios a las normas jurídicas y a las reglas de ética en vista a la prestación de un eficiente servicio a la comunidad.
- Gestionar la aplicación de normas y reglamentos que garanticen el cumplimiento de las leyes del notariado en las instituciones del Estado, autónomas o privadas.
- Atender a la defensa de los derechos de los notarios y a su bienestar moral y material.
- Afianzar las relaciones con los organismos estatales y su compromiso con la comunidad.
- Atender los requerimientos sociales conforme a la función notarial.
- Fomentar las actividades científicas y académicas.
Visión
Ser una institución que proteja la actividad notarial, fomente la participación activa de sus miembros, su bienestar y progreso académico, inclusiva de las distintas realidades, roles y generaciones.
Ser una organización prestadora de servicios de calidad, con una gestión eficiente, transparente y un capital humano altamente capacitado.
Consultor permanente del Estado, garante de la seguridad jurídica, comprometido con la comunidad y a la vanguardia tecnológica.