San Martín, 27 al 29 de junio de 1958
Temario:
1. Régimen de asambleas del Colegio de Escribanos
2. Organización del procedimiento para la legalización de firmas a cargo del colegio y delegaciones.
3. Procedimiento y forma de realizar las tareas de las subdelegaciones.
4. Automotores: Su transferencia por escritura pública.
5. Código fiscal: Art. 114 substitución de la responsabilidad solidaria del escribano por responsabilidad subsidiaria.
6. Municipalidades: gestionar la adopción de un procedimiento similar al seguido par el pago de tributos provinciales, respecto de la retención del monto de las deudas y ulterior pago (similar a la disposición 1200).
7. Obras sanitarias de la nación: Implantación del sistema de recaudación y liberación inmediata de los certificados de escribano cuando no han sido aun emitidas las boletas de pago.
8. Eventuales: gestionar sanción ley amnistía para todas las infracciones de los derechos formales no prescriptos.
9. Consultas: constitución de una comisión para recopilar dictámenes fijando plazo para que lo hagan.
10. Derecho tributario: creación de seminarios para su estudio.
11. Posibilidad de aceptar la liberación de certificados por parte del escribano, teniendo los recibos a la vista.
12. Pago de impuestos y tasas mediante cheque.
13. Supresión de la intervención en las partidas.
14. Organización de la biblioteca de las subdelegaciones en base al suministro y la biblioteca de la ciudad cabeza de la subdelegación de obras especializadas en derecho, las que continuaran siendo de propiedad del Colegio.
15. Facultad del escribano para indicar las cifras en número en lugar de letras en las escrituras públicas.